Más beneficios
- Tus ahorros no hacen parte de la base de retención en la fuente por tanto están exentas del impuesto sobre la renta y complementarios:
Hasta un valor que, adicionado al valor de los aportes
obligatorios y voluntarios del trabajador, no exceda del treinta por ciento (30%) del ingreso laboral o del ingreso tributario del año según corresponda.
Hasta un monto máximo de tres mil ochocientas (3.800) UVT por año.
- Los retiros que realices son exentos de retención en la fuente si:
El destino del retiro tiene como fin la adquisición de vivienda nueva o usada sea o no financiada por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.
Es destinado al pago de cuota inicial o pago de cuota de crédito de vivienda o canos de leasing habitacional.
Los ahorros realizados ya han sido sujetos de retención al momento de su consignación.
El dinero retirado que no sea para destino vivienda ha permanecido en la cuenta por un período mínimo de 5 años para consignaciones realizadas antes del 31 de Diciembre de 2012 o ha permanecido mínimo 10 años para consignaciones a partir del 01 de Enero de 2013.
- Se pueden realizar traslados vía ACH hacia cuentas AFC.
- Si el cliente posee cuenta de ahorros/corriente del Banco de Occidente puede programar traslados desde estas a las cuenta AFC sin cobro del 4 por mil.
- Los clientes de cuentas AFC pueden validar el saldo de la cuenta por la APP de Banca Móvil Banco de Occidente.
- Los clientes que tienen cuenta de ahorro o cuenta corriente en BdO y a la misma vez una cuenta AFC pueden consultar saldos y movimientos en la zona transaccional PB.