El Banco de Occidente le ofrece una serie de productos que complementan y facilitan todas sus operaciones en moneda extranjera.
Avales, Garantias ME/ML, Standby y Cartas de Compromiso
Banco de Occidente te ofrece respaldo Nacional e internacional, garantizando el cumplimiento de obligaciones, contratos, presentación a licitaciones, seriedad de oferta, pago a proveedores y a entidades financieras del exterior.
Características y beneficios
Acceso a los mercados internacionales al encontrarse respaldado por una entidad reconocida
Seguridad en el cumplimiento de los compromisos establecidos dentro o fuera el país
Ser cliente directo del Banco de Occidente (tenedor de cta.cte. o ahorros).
Contar con un N.E. aprobado por el ente correspondiente.
Cumplir con los horarios establecidos por el Banco para el envio de las operaciones
Cumplir con toda la documentación requerida por el banco para el procesamiento de sus operaciones y de acuerdo a lo exigido por la circular reglamentaria del Banco de la República DCIN 83
Validar las instrucciones de transferencia para envío de la Standby (dirección completa del beneficiario, país de destino, código swift, según el país la información adicional requerida).
Se debe tener certeza que estas instrucciones sean suministradas directamente por el proveedor o beneficiario y si son modificadas confirmarlas con el mismo.
Escoger muy bien el medio de pago de acuerdo con el conocimiento que se tenga del proveedor en importaciones o del comprador en las exportaciones.
Según el medio de pago, tener disponible todos términos de la negociación exigidos en swift Internacional.
Buenas Prácticas de los consumidores financieros:
Con el propósito de dar una mayor agilidad al procesamiento de tus operaciones, el Banco ha implementado una serie de formatos ajustados a cada tipo de operación. El diligenciamiento de los mismos nos permite tener la información necesaria, ordenada y clara para tramitar su operación dentro de los tiempos establecidos.
Para reintegrar divisas debe utilizar el formato Compra de Divisas.
Tener presente que los formatos de solicitud de operaciones deben estar acompañados del formulario del banco de la república correspondiente a la operación realizada y que una vez reportada la operación a la mesa de dinero recomendamos enviar por correo los documentos para iniciar el proceso antes de las 2.30 pm, o en cualquier oficina del Banco de Occidente a nivel nacional y conservar las copias que le suministren de estos documentos.
Si se encuentra en la Ciudad de Bogotá, Chía, Duitama, Facatativá, Mosquera, Siberia, Sogamoso, Tunja, Zipaquirá, Leticia, Neiva, Ibagué, Espinal, Florencia, Villavicencio, Girardot, Pitalito, Barrancabermeja, Bucaramanga, Floridablanca, Giron, Piedecuesta, San Gil, Yopal, o Cúcuta por favor enviar los documentos a:
comexbogota@bancodeoccidente.com.co
Resto del país a: comexnacional@bancodeoccidente.com.co
Comunique oportunamente al Banco para cualquier modificación sobre la operación.
Remesas
Gestión de cobro de sus cheques en moneda extranjera, bajo las modalidades: Negociado y al Cobro.
Características
La gestión de cobro para cheques negociados permite tener los fondos desde el momento de la presentación del titulo valor, por lo que se requiere cupo y previa autorización. La gestión bajo la modalidad al cobro no afecta cupo de crédito, y se requiere la recepción de los recursos de la entidad del exterior para proceder con la negociación de las divisas. se pueden procesar cheques en dólares Americanos USD, dólares canadienses CAD, Euros EUR.
Beneficios:
Agilidad y acompañamiento en las operaciones con orientación cambiaria.
Recepción de pagos provenientes de diferentes lugares del mundo* .
*Excepto países sancionados por OFAC u otras listas.
Ser cliente directo del Banco de Occidente (tenedor de cta.cte. o ahorros).
contar con un N.E. y aprobación aprobado por el ente correspondiente.
Cumplir con los horarios establecidos por el Banco para el envio de las operaciones
Cumplir con toda la documentación requerida por el banco para el procesamiento de sus operaciones y de acuerdo a lo exigido por la circular reglamentaria del Banco de la República DCIN 83
Firma de contragarantía por el RL.
Enviar el cheque en original y endosado
Vigencia no superior a seis meses
Cheques superiores a USD 10.000 deben ser registrados en el formato respectivo ante la DIAN
Documentos Requeridos:
Declaración de Cambio del Banco de la República de acuerdo a concepto por el cual se recibieron las divisas (Formulario No. 2, 3, 4 ó 5) Para cheques al cobro se requiere presentar previamente una carta con la solicitud de gestión de cobro.
Recomendaciones de seguridad:
Verifique que el cheque esté debidamente diligenciado en su totalidad (fecha, ciudad) y debidamente endosado.
Escoger muy bien el medio de pago de acuerdo con el conocimiento que se tenga del proveedor en importaciones o del comprador en las exportaciones.
Según el medio de pago, tener disponible todos términos de la negociación exigidos en swift Internacional.
Buenas Prácticas de los consumidores financieros:
Con el propósito de dar una mayor agilidad al procesamiento de sus operaciones, el Banco ha implementado una serie de formatos ajustados a cada tipo de operación. El diligenciamiento de los mismos nos permite tener la información necesaria, ordenada y clara para tramitar su operación dentro de los tiempos establecidos.
Recomendamos enviar por correo los documentos para iniciar el proceso antes de las 2.30 pm, o en cualquier oficina del Banco de Occidente a nivel nacional y conservar las copias que le suministren de estos documentos.
Si se encuentra en la Ciudad de Bogotá, Chía, Duitama, Facatativá, Mosquera, Siberia, Sogamoso, Tunja, Zipaquirá, Leticia, Neiva, Ibagué, Espinal, Florencia, Villavicencio, Girardot, Pitalito, Barrancabermeja, Bucaramanga, Floridablanca, Giron, Piedecuesta, San Gil, Yopal, o Cúcuta por favor enviar los documentos a: comexbogota@bancodeoccidente.com.co y Resto del país a: comexnacional@bancodeoccidente.com.co
Comunique oportunamente al Banco para cualquier modificación sobre la operación.
Los demás deberes que se establezcan en la ley o en otras disposiciones.